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| Capítulo 14: 1 - Ustedes son hijos del Señor, su Dios. No se hagan incisiones ni se rapen el cabello sobre la frente en homenaje a un muerto. 2 - Porque tú eres un pueblo consagrado al Señor, tu Dios, y él te eligió para que fueras su propio pueblo, prefiriéndote a todos los demás pueblos de la tierra. 3 - No comerán nada que sea abominable. 4 - Ustedes podrán comer los siguientes animales: el buey, la oveja, la cabra, 5 - el ciervo, la gacela, el venado, la cabra montés, el íbice, el antílope y la gamuza. 6 - Podrán comer, asimismo, cualquier animal que tenga la pezuña partida –es decir, dividida en dos mitades– y que sea rumiante. 7 - Pero se abstendrán de comer los animales que son solamente rumiantes y los que solamente tienen la pezuña partida por la mitad. No comerán camello, liebre ni damán, porque aunque son rumiantes, no tienen la pezuña partida. A estos animales deberán considerarlos impuros. 8 - Tampoco comerán cerdo, porque aunque tiene la pezuña partida, no es rumiante. También a este deberán considerarlo impuro, y no podrán comer su carne ni tocar su cadáver. 9 - De entre los animales que viven en el agua, les estará permitido comer todos aquellos que tengan aletas y escamas. 10 - Pero no podrán comer los que no tengan aletas ni escamas: a éstos deberán considerarlos impuros. 11 - Podrán comer todas las especies de aves puras. 12 - Pero se abstendrán de comer las siguientes: el águila, el quebrantahuesos, el águila marina, 13 - el milano, las diversas especies de halcón, 14 - las diversas especies de cuervo; 15 - el avestruz, la golondrina, la gaviota y las diversas especies de gavilán; 16 - la lechuza, el búho, el ibis, 17 - el pelícano, el buitre, el corvejón, 18 - la cigüeña, las diversas especies de garza, la abubilla y el murciélago. 19 - También deberán considerar impuros a todos los insectos con alas, 20 - pero podrán comer cualquier clase de pájaros puros. 21 - No comerán ningún animal muerto. Se lo darás al extranjero que resida en tu ciudad para que él lo coma, o se lo venderás al extranjero que va de paso. Porque tú eres un pueblo consagrado al Señor, tu Dios. No harás cocer un cabrito en la leche de su madre. 22 - Cada año deberás separar la décima parte de todo lo que hayan producido tus sembrados, 23 - y en la presencia del Señor, tu Dios, en el lugar que él elija para constituirlo morada de su Nombre, comerás del diezmo de tu trigo, de tu vino y de tu aceite, y también los primogénitos de tu ganado mayor y menor. Así aprenderás a temer siempre al Señor, tu Dios. 24 - Si el camino es demasiado largo para que puedas transportar el diezmo –porque el lugar que el Señor elija te queda muy lejos– cuando él te haya bendecido, 25 - los cambiarás por dinero y luego irás a ese lugar, llevando contigo el dinero. 26 - Allí podrás comprar con ese dinero todo lo que desees: ganado mayor o menor, vino o bebida fermentada, en una palabra, cualquier cosa que sea de tu agrado. Entonces comerás en la presencia del Señor, tu Dios, y te alegrarás junto con tu familia. 27 - No olvides al levita que vive en tus ciudades, ya que él no tiene posesión ni herencia contigo. 28 - Al cabo de tres años, deberás separar la décima parte de todo lo producido ese año, y lo depositarás en la puerta de tu ciudad. 29 - Entonces vendrá a comer el levita, ya que él no tiene posesión ni herencia contigo; y lo mismo harán el extranjero, el huérfano y la viuda que están en tus ciudades, hasta quedar saciados. Así el Señor te bendecirá en todas tus empresas.
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