Deuteronomio
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Capítulo 14:
1 - Ustedes son hijos del Señor, su Dios. No se hagan incisiones ni se rapen el cabello sobre la frente en homenaje a un muerto.
2 - Porque tú eres un pueblo consagrado al Señor, tu Dios, y él te eligió para que fueras su propio pueblo, prefiriéndote a todos los demás pueblos de la tierra.
3 - No comerán nada que sea abominable.
4 - Ustedes podrán comer los siguientes animales: el buey, la oveja, la cabra,
5 - el ciervo, la gacela, el venado, la cabra montés, el íbice, el antílope y la gamuza.
6 - Podrán comer, asimismo, cualquier animal que tenga la pezuña partida –es decir, dividida en dos mitades– y que sea rumiante.
7 - Pero se abstendrán de comer los animales que son solamente rumiantes y los que solamente tienen la pezuña partida por la mitad. No comerán camello, liebre ni damán, porque aunque son rumiantes, no tienen la pezuña partida. A estos animales deberán considerarlos impuros.
8 - Tampoco comerán cerdo, porque aunque tiene la pezuña partida, no es rumiante. También a este deberán considerarlo impuro, y no podrán comer su carne ni tocar su cadáver.
9 - De entre los animales que viven en el agua, les estará permitido comer todos aquellos que tengan aletas y escamas.
10 - Pero no podrán comer los que no tengan aletas ni escamas: a éstos deberán considerarlos impuros.
11 - Podrán comer todas las especies de aves puras.
12 - Pero se abstendrán de comer las siguientes: el águila, el quebrantahuesos, el águila marina,
13 - el milano, las diversas especies de halcón,
14 - las diversas especies de cuervo;
15 - el avestruz, la golondrina, la gaviota y las diversas especies de gavilán;
16 - la lechuza, el búho, el ibis,
17 - el pelícano, el buitre, el corvejón,
18 - la cigüeña, las diversas especies de garza, la abubilla y el murciélago.
19 - También deberán considerar impuros a todos los insectos con alas,
20 - pero podrán comer cualquier clase de pájaros puros.
21 - No comerán ningún animal muerto. Se lo darás al extranjero que resida en tu ciudad para que él lo coma, o se lo venderás al extranjero que va de paso. Porque tú eres un pueblo consagrado al Señor, tu Dios. No harás cocer un cabrito en la leche de su madre.
22 - Cada año deberás separar la décima parte de todo lo que hayan producido tus sembrados,
23 - y en la presencia del Señor, tu Dios, en el lugar que él elija para constituirlo morada de su Nombre, comerás del diezmo de tu trigo, de tu vino y de tu aceite, y también los primogénitos de tu ganado mayor y menor. Así aprenderás a temer siempre al Señor, tu Dios.
24 - Si el camino es demasiado largo para que puedas transportar el diezmo –porque el lugar que el Señor elija te queda muy lejos– cuando él te haya bendecido,
25 - los cambiarás por dinero y luego irás a ese lugar, llevando contigo el dinero.
26 - Allí podrás comprar con ese dinero todo lo que desees: ganado mayor o menor, vino o bebida fermentada, en una palabra, cualquier cosa que sea de tu agrado. Entonces comerás en la presencia del Señor, tu Dios, y te alegrarás junto con tu familia.
27 - No olvides al levita que vive en tus ciudades, ya que él no tiene posesión ni herencia contigo.
28 - Al cabo de tres años, deberás separar la décima parte de todo lo producido ese año, y lo depositarás en la puerta de tu ciudad.
29 - Entonces vendrá a comer el levita, ya que él no tiene posesión ni herencia contigo; y lo mismo harán el extranjero, el huérfano y la viuda que están en tus ciudades, hasta quedar saciados. Así el Señor te bendecirá en todas tus empresas.